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jueves, 30 de enero de 2020

La Virtud Moral de la Justicia


La Justicia es la firme y constante voluntad de dar a cada uno de lo que es suyo. 
(Santo tomas de Aquino).

El hábito sobrenatural de la virtud de la justicia, como todas las demás virtudes infusas y dones del Espíritu Santo inclina el corazón del hombre constante y perpetuamente al bien», porque, como advierte Santo Tomás, «no basta para la razón de justicia que alguno 'quiera observarla esporádicamente en un determinado negocio, porque apenas habrá quien quiera obrar en todos injustamente, sino que es menester que el hombre tenga voluntad de conservarla siempre y en todas las cosas».

La palabra constante designa la firmeza de ese propósito, y la expresión perpetuamente, la intención de guardarlo siempre. —La justicia, como virtud, reside en la voluntad, no en el entendimiento, ya que no se ordena a dirigir un acto cognoscitivo (como la prudencia), sino a regular las relaciones debidas a los demás, o sea, el bien honesto en las operaciones, que es el objeto de la voluntad.

Al dar a cada uno lo que le pertenece estrictamente». — En esto se distingue de sus virtudes semejantes como la gratitud, la afabilidad, etcétera, que no se fundan en un derecho estricto del prójimo, sino en cierta honestidad y conveniencia; y de la caridad o beneficencia, que nos obliga a socorrer al prójimo como hermano, sin que tenga derecho estricto a una determinada limosna.

Tres son las notas típicas o condiciones de la justicia propiamente dicha:
1- La alteridad: (se refiere siempre a otra persona).
2-El derecho estricto:(no es un regalo, sino algo debido).
3-La adecuación exacta: (ni más ni menos de lo debido).

La Importancia y necesidad en la búsqueda de la virtud de la Justicia—Después de la prudencia, la justicia es la más excelente de las virtudes cardinales, aunque es inferior a las teologales e incluso a alguna de sus virtudes derivadas (la  Piedad), que tiene un objeto inmediato más noble.

La justicia tiene una gran importancia y es de absoluta necesidad tanto en el orden individual como en el social. Pone orden y perfección en nuestras relaciones con Dios y con el prójimo; hace que respetemos mutuamente nuestros derechos; prohíbe el fraude y el engaño; prescribe la sencillez, veracidad y mutua gratitud; regula las relaciones particulares de los individuos entre sí, de cada uno con la sociedad y de la sociedad con los individuos.

La práctica de la justicia Pone orden en todas las cosas y, por consiguiente, trae consigo la paz y el bienestar de todos, ya que la paz no es otra cosa que «la tranquilidad del orden». Por eso dice la Sagrada Escritura que la obra de la justicia es la paz: «opus iustitiae, pax» (Is. 32,17); si bien, como explica Santo Tomás, la paz es obra de la justicia indirectamente, o sea, en cuanto que remueve los obstáculos que a ella se oponen; pero propia y directamente proviene de la caridad, que es la virtud que realiza por excelencia la unión de todos los corazones.

Partes de la justicia. —Como en las demás virtudes cardinales, hay que distinguir en la justicia sus partes integrales, subjetivas y potenciales.

Partes Integrales de la Justicia:

En toda justicia, ya sea general, ya particular, se requieren dos cosas para que alguien pueda ser llamado justo en toda la extensión de la palabra: apartarse del mal (no cualquiera, sino el nocivo al prójimo o a la sociedad) y hacer el bien (no cualquiera, sino el debido a otro). Estas son, pues, las partes integrales de la justicia, sin las cuales— o sin alguna de ellas—quedaría manca e imperfecta. No basta no perjudicar al prójimo (declinare a malo); es preciso darle positivamente lo que le pertenece (faceré bonum).

Nótese que, como advierte Santo Tomás, el apartarse del mal no significa aquí una pura negación (simple abstención del mal), que no supone ningún mérito, aunque evite la pena que nos acarrearía la transgresión, sino un movimiento de la voluntad rechazando positivamente el mal (al sentir la tentación de hacerlo), y esto es virtuoso y meritorio.

Nótese también que de suyo es más grave el pecado de transgresión (hacer el mal) que el de omisión (no hacer el bien). Y así, peca más el hijo que injuria a sus padres que el que se limita a no darles el debido honor, pero sin injuriarles positivamente. Con todo, puede ocurrir a veces que:  <<el pecado de omisión sea más grave que el de transgresión>>; es más grave omitir culpablemente la misa un domingo que caer en un pecado venial.

Partes Subjetivas de la Justicia:

Tres son las especies o partes subjetivas de la justicia: legal (o general) y particular, subdividida en otras dos: conmutativa y distributiva.

La Justicia Legal: Es la virtud que inclina a los miembros del cuerpo social a dar a la sociedad todo aquello que le es debido en orden al bien común. Se llama legal porque se funda en la exacta observancia de las leyes, que cuando son justas únicamente entonces son verdaderas leyes—obligan en conciencia a su cumplimiento. Más aún: como el bien común prevalece —en el mismo género de bienes—sobre el bien particular, los ciudadanos están obligados, por justicia legal, a sacrificar a veces una parte de sus bienes y hasta a poner en peligro su vida en defensa del bien común (en una guerra justa). La justicia legal reside principal y arquitectónicamente en el Rey, príncipe o gobernantes, y secundaria o ministerialmente, en los súbditos.

La Justicia Distributiva: Es la virtud que impone a quien distribuye los bienes comunes la obligación de hacerlo proporcionalmente a la dignidad, méritos y necesidades de cada uno. A ella se opone el feo pecado de la acepción de personas que distribuye los bienes sociales y las cargas a capricho, por favoritismo o persecución puramente personal, sin tener para nada en cuenta los verdaderos méritos de los particulares ni las reglas de la equidad. En este sentido, las llamadas recomendaciones, en virtud de las cuales se otorga un beneficio acaso al que menos lo merece (sólo por complacer al que recomienda), constituyen un verdadero pecado y un atropello contra la justicia distributiva.

La Justicia Conmutativa: Que es la que realizan en toda su plenitud y perfección el concepto de justicia—regula los deberes y derechos de los ciudadanos entre sí. Su definición coincide casi totalmente con la que heredando de la justicia en general:

Es la constante y perpetua voluntad de una persona privada a dar a otra también privada lo que le pertenece en estricto derecho y en perfecta igualdad. Y así que, por ejemplo, el que ha recibido prestados mil pesos debe devolver otros mil, ni más ni menos. Su transgresión envuelve siempre la obligación de restituir. A ella se oponen un buen número de pecados: el homicidio, la mutilación, flagelación, encarcelamiento injusto, hurto y rapiña, injusticias ante los tribunales, injuria o contumelia, difamación o calumnia, murmuración, burla, maldición, fraude comercial y usura, cuyo estudio detallado pertenece al aspecto negativo de la Teología moral.

Las virtudes de la justicia, se relacionan directamente con ella en cuanto que convienen en alguna de sus condiciones o notas típicas que hemos señalado más arriba (alteridad, derecho estricto e igualdad), pero no en todas; fallan en algo, y por lo mismo no tienen toda la fuerza de la virtud cardinal.

Se distribuyen en dos grupos la virtud de la justicia:

a)Las que fallan por defecto de igualdad entre lo que dan y lo que reciben.
b)Las que no se fundan en un derecho estricto del prójimo.

Al primer grupo pertenecen la religión, que regula el culto debido a Dios; la piedad, que regula los deberes para con los padres, y la observancia, dulía y obediencia, que regulan los debidos a los superiores.
Al segundo grupo pertenecen la gratitud por los beneficios recibidos o el justo castigo contra los culpables; la verdad, afabilidad y liberalidad en el trato con nuestros semejantes, y la equidad, que inclina a apartarse con justa causa de la letra de la ley para cumplir mejor su espíritu.

Es forzoso examinar, siquiera sea brevemente, cada una de estas virtudes. Pero antes hemos de indicar los principales medios para perfeccionarse en la virtud de la justicia en sí misma.

 Medios para perfeccionarse en la justicia:
Son de: dos clases:
a)Negativos, evitando los defectos opuestos,
b)Positivos, practicando la virtud en todos sus aspectos. He aquí los principales:

 Medios negativos perfeccionarse en la justicia:

+Evitar cualquier pequeña injusticia por insignificante que parezca. Acaso en ninguna otra materia es tan fácil formarse una falsa conciencia como en ésta. «Esto no tiene importancia», se dice ligeramente, y se van multiplicando las pequeñas injusticias (que a veces—si la materia lo sufre—pueden acumularse y llegar a pecado grave, como en” las mentiras pequeñas y piadosas” y, sobre todo, se va uno acostumbrando a no concederle importancia al pecado venial, cuando en realidad la tiene grandísima.

+No contraer deudas y liquidar cuanto antes las que hayamos contraído ya. No siendo de estricta y absoluta necesidad, es mil veces preferible carecer de un objeto que poseerlo con el gravamen de una deuda, que acaso no se podrá pagar a su debido tiempo. Es una injusticia dejar de satisfacer las deudas contraídas con el pretexto de que no se puede, cuando en realidad se está malgastando por otros muchos conceptos. Sobre todo, clama al cielo la defraudación o el retraso del justo salario a los obreros y empleados. Si no se les puede atender, no se tengan; pero si se tienen, la entrega del salario a su debido tiempo se ha de mirar como algo sagrado, que es menester cumplir a toda costa.

+Tratar las cosas ajenas con mayor cuidado que si fueran propias. ¡Cuántas injusticias se cometen en este sentido! Sobre todo, entre personas que viven en comunidad es frecuente observar el poco cuidado que se pone en la conservación o custodia de lo que pertenece a ella. Libros rotos, muebles maltratados, despilfarros injustificados... «Esto no es mío, poco importa». Y con este descabellado criterio se quiere disculpar la injusticia manifiesta. Aparte de la mala educación que esto representa, con frecuencia es ocasión de escándalo—lo copian e imitan los demás—, de disgustos con los superiores y, sobre todo, de ofensa de Dios. Muy de otra suerte proceden los que saben practicar la virtud de la justicia; tratan lo ajeno con mayor cuidado todavía que lo propio, porque, en fin, de cuentas, destrozando lo propio, se podrá faltar a la pobreza, pero no a la justicia, que es virtud más excelente.

+Tener especialísimo cuidado en no perjudicar jamás en lo más mínimo el buen nombre o fama del prójimo. Mucho más que las cosas corporales valen la fama y buena opinión entre los hombres. Por lo mismo, perjudicarla directa o indirectamente es mayor injusticia que el mismo robo de una cosa material.

Nos guardaremos muy bien de los juicios temerarios (aunque sean puramente interiores), que condenan al prójimo por simples apariencias más o menos infundadas  ; de la injuria o contumelia , que con palabras o hechos mortifica, humilla y entristece al prójimo, llenando su alma de pena y amargura; dela burla o irrisión ( que produce parecidos efectos al dejar en ridículo ante los demás a un pobre infeliz, a quien utilizamos como víctima de nuestra «gracia» o de nuestro singular «ingenio»; de la maldición , por la que deseamos con la palabra algún mal a nuestro prójimo, que es pecado tanto más grave cuanto mayor sea la obligación de amar y  quien maldecimos; de la fea y odiosa murmuración , que parece ser el tema obligado de infinidad de conversaciones, en las que apenas se hace otra cosa que criticar a fulano y despellejar a mengano; de la difamación , que se complace en sacar a relucir los defectos ocultos del prójimo, echando completamente por tierra su reputación y buena fama con el estúpido y anticristiano pretexto de que «es cosa pública, de todos sabida», etc. Aunque fuera así, no tenemos derecho ninguno a extender la mala fama del prójimo entre personas que lo ignoraban, sobre todo teniendo en cuenta que, si se descubrieran nuestros pecados ocultos—que Dios tan misericordiosamente nos ha perdonado—, acaso quedaríamos mil veces por debajo de aquellos a quienes criticamos: «el que de vosotros estuviere limpio de pecado, que arroje la primera piedra» (Lc. 8,7).

En todo caso recordemos que Cristo advirtió expresamente que «seremos medidos exactamente con la misma medida conque midamos a los demás» (Mt. 7,1-2).
Tengamos en cuenta, además, que no basta arrepentirse y confesarse de estas faltas; la difamación y la calumnia obligan en conciencia a restituir. Y como muchas veces no se puede del todo—la calumnia siempre deja alguna huella o rastro en los de sí aun después de ser desmentida—, los que hayan cometido tan feo pecado no quedarán sin un grave castigo de Dios en esta vida o en la otra.

+Evitar a todo trato la acepción de personas. Favorecer o perjudicar a una persona sin tener para nada en cuenta sus méritos o deméritos, sino únicamente la simpatía o antipatía que nos inspire, es una injusticia manifiesta que va contra la justicia distributiva. Es el feo pecado de la acepción de personas. Su forma más corriente son las llamadas recomendaciones para favorecer a una persona sin más razón que la amistad que nos une con ella y con el que ha de otorgarle u n beneficio. Sobre ellas hay que advertir que es siempre lícito y laudable favorecer a uno sin perjudicar a nadie (obteniéndole un empleo que no se hubiera dado a ningún otro), pero jamás es lícito favorecer a uno con perjuicio de otros (haciendo que se le apruebe, con méritos inferiores, en unas oposiciones con plazas limitadas, que traerá consigo la exclusión injusta de otro aspirante más digno).

 Es increíble la ligereza con que se dan y aceptan esta clase de «recomendaciones», que llevan consigo una gran injusticia, que obliga a restituir en conciencia los daños ocasionados a la persona perjudicada. Nunca se trabajará bastante por desterrarlas definitivamente y para siempre.

 Medios positivos perfeccionarse en la justicia:

Vamos a determinarlos principales con relación a las tres especies de Justicia: Conmutativa, Distributiva y Legal.

1)Con Relación a La Justicia Conmutativa. «Dar a cada uno lo suyo»: éste es el principio fundamental que ha de regular nuestra conducta para con el prójimo. Y hay que hacerlo de corazón, por amor a Dios y a la virtud, no por el castigo o remordimiento que nos traería el pecado. Ser delicadísimos en extremo hasta en los detalles más insignificantes, que nada es pequeño ante Dios cuando se hace por amor y con la única mira de agradarle. Perfeccionando los motivos y elevando cada aspecto fundamental de la virtud de la justicia. Las aplicaciones prácticas son infinitas, pero fáciles y sencillas; cada uno puede hacerlo por su cuenta, si hay buena voluntad e interés en santificarse.

2) con relación a la justicia Distributiva. Los encargados de distribuir los cargos, obligaciones, bienes o beneficios de la comunidad procederán en justicia estricta, sin dejarse doblegar jamás por la simpatía o antipatía personal ni por ninguna clase de presiones o recomendaciones ajenas. Hay ejemplos maravillosos en las vidas de los santos que ponen de manifiesto la energía y entereza de los siervos de Dios en el cumplimiento de este deber de justicia.

Tengan todos en cuenta que no son dueños, sino meros administradores de los bienes o cargos que reparten, y que por lo mismo tendrán que dar estrecha cuenta a Dios de su administración (Lc. 16,12). Para adelantar en este aspecto de la virtud de la justicia intensificarán su delicadeza y cuidado y elevarán de plano el motivo de su conducta, que no ha de ser otro que el cumplimiento del deber a honra y gloria de Dios.

3) Con relación a la justicia legal: No solamente no haremos nada contra la ley escrita, sino que procuraremos— sobre todo con el ejemplo de una conducta intachable jamás desmentida— contribuir a que la cumplan también los demás hasta el último detalle: (Mt. 5,18). «Si entendiésemos cuan gran daño se hace en que se comience una mala costumbre, más querríamos morir que ser causa de ello», decía Santa Teresa de Jesús. 

El alma deseosa de su santificación nada ha de temer tanto como ser culpable de este crimen contra la justicia legal, que tanto daño causa en nosotros mismos y en los demás. Y como nada hay que aleje tanto de un pecado como la práctica cada vez más intensa de la virtud contraria, tratará con todas sus fuerzas de cumplir hasta los más insignificantes detalles de la ley.  Sobre todo, si es persona consagrada a Dios, no espere santificarse fuera del cumplimiento exacto de su regla y constituciones. Santos hubo que no hicieron más que esto, y con ello alcanzaron la cumbre de la perfección. De San Juan Berchmans se decía que todo lo había hecho bien:», porque nunca le pudieron sorprender faltando al menor detalle de su regla o constituciones.

Para concluir meditemos este bello Salmo que ilumina este tratado de la Virtud moral de la Justicia.

(Salmos 85:10-13) Amor y Verdad se han dado cita, Justicia y Paz se abrazan; la Verdad brotará de la tierra, y de los cielos se asomará la Justicia. El mismo Yahveh dará la dicha, y nuestra tierra su cosecha dará; La Justicia marchará delante de él, y con sus pasos trazará un camino.

Gloria al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo.

+++ Bendiciones